Relación de El Tocuyo, 1578


En la ciudad del Tocuyo governación de Venezuela, trece dúias del mes de diciembre de mil e quinientos y setenta y ocho años estando juntos a son de cabildo los ilustres señores Don Rodrigo Ponce de León, teniente governador e Pedro Gutierrez y Antonio Sotomayor, alcaldes ordinarios y Alvaro Pérez de Carrizales y Hernando Martín regidores, por mi el escribano de yuso escrito les fué leido y notificado el mandamiento y cédula real de suso y leido la carta y entregado la instrucción que en ello se haze mención, los cuales dichos señores dijeron que lo obedecen y estan prestos de hazer e cumplir lo que su Magestad manda en lo que fuere y firmáronlo de sus nombres. Don Rodrigo Ponce de León. Antonio de Sotomayor. Pedro Gutierrez. Alvaro Pérez de Carrizales. Hernando Martín. Pasó ante mí, Pedro Hernández, escribano.

Ylustres señores su Magestad nos manda que con mucho cuidado y diligencia e con mucha claridad y brevedad en letra clara y legible la escribamos la declaración de todo lo que su Magestad manda por esa instrucción que a embia vuestras mercedes como celoso de el servicio de su Magestad. Entrarán cada día dos horas en cabildo o lo que vieren que convenga y en el tratara e comunicarán lo que en aquesa ciudad y su jurisdicción ay tocantes a los capítulos de la dicha ysntrucción y cada uno de ellos y con mucha claridad que se deje muy bien entender aclararan lo que ay que avisar a su magestad en cada capítulo y en el capítulo que no obiere de que pasaran vuestras mercedes vieren combiene llamar al dicho cabildo y ayuntamiento personas sabias e antiguos o indios para se informar de lo contenido en los dichos capítulos lo harán vuestras mercedes con cuidado porque de ello se sirve su Magestad. Y en todo vuestras mercedes harán de manera que en la relación que de todo se enbiare a su Magestas de esa ciudad y jurisdicción vaya con mucha claridad de todo lo que en ella ay de lo contenido en los dichos capítulos y en la dicha relación me las enbiaran vuestras mercedes a esta ciudad o do estubiere con testimonio de día, mes y año de cuando llegó a esa ciudad esta carta con esa instrucción para que yo luego con las demás aclaraciones de las ciudades de esta provincia e testimonios lo embíe a su Magestad y a su Real Consejo de Yndias como su real Magestad me lo manda. Y así mismo adviertan vuestas mercedes que la declaración y relación no sea solamente de los pueblos de indios cabezeras pero también de sus sujetos porque aunque en la instrucción no va declarado su Magestad me lo manda. Por que si no sucede de esta suerte sería falta la relación y así mismo con la declaración enviarán la lista de los pueblos de indios que oviere en essa ciudd e su jurisdicción. Porque ansí su Magestad lo manda y nuestro señor las ilustres personas de vuestras mercedes guarde y tenga tan de su bendita mano como yo deseo. De nuestra señora de Caraballeda y de noviembre, veinte y ocho, año de mill y quinientos y setenta y ocho. Ylustres señores besa las manos a vuestras mercedes, Don Juan Pemintel. A los ilustres señores justicia y regimiento de la ciudad del Tocuyo. Yo Don Juan Pemintel, governador y capitán general de esta provincia y governación de Venezuela, por su Majestad etc. a vos el consejo, justicia e regimiento de la ciudad del Tocuyo que es en esta dicha provincia sabed que su Majestad para tener particular cuenta y relación e noticia de las cosas de estas Yndias para mejor poder acudir a su buen gobierno me ha enviado instrucciones escriptas en letra de molde para que en todas las ciudades de esta provincia y las demas villas e lugares e pueblos de indios las justicias e regimientos dellas aclaren todo lo que en la dicha ciudad e su jurisdicción obiere tocante a los dichos capítulos de por si lo cual muy encarecidamente me lo enbia a mandar por su real cédula firmada de su real nombre y refrendada de Antonio Eraso con seis rúbricas a las espaldas de ella una pos de otra su tenor de la cual es esta que se sigue.

E después de lo suso dicho en la dicha ciudad de el Tocuyo veinte e un días de el mes de enero de mil e quinientos y setenta y nueve años se juntaron a cabildo y ayuntamiento e regimiento de la dicha ciudad conviene a saber don Rodrigo Ponce de León, teniente governador y Pedro Martínez, alcalde ordinario y Francisco Pacheco, regidor perpetuo e Miguel de Santa Cruz e Jerónimo de Castro, regidores cadaneros e por ante mi el escribano público del cabildo de yuso escrito los dichos señores estando así juntos en las casa de la morada del dicho señor teniente governador, aviendo tratado e platicado sobre lo que convenía para informar a su Magestad real de las particularidades que quiete ser informado conforme a sus reales memorias y aviéndose informado de personas antiguas de los primeros pobladores y así mismo aviendo hecho parescer ante si a algunos Indios viejos y antiguos a lo que parecía absolvieron los dichos capitanes en la forma y manera siguiente.

Capítulo Uno

En lo tocante al primer capítulo se declara que esta ciudad del Tocuyo esta situada en un valle que corre de norte sur que tendrá legua y media de llano por lo largo y media legua por lo ancho. Cercado de sierras de todas bandas el qual dicho valle siempre se a llamado el valle del Tocuyo y la ciudad de españoles desde su población se llama ciudad de el Tocuyo. Y lo que se ha podido saber es aver tomado este nombre de causa de un río que pasa por la halda de ella que se llama Tocuyo entre los naturales y queriendo saver de ellos por que se llamó de este nombre an respondido que así se ha llamado siempre y no saben porque causa.

Capítulo Dos

Yten en cuanto al segundo capítulo lo que se ha podido saber y entender acerca de ello de hombres antiguos y de los primeros Venezuela. La ciudad de Tocuyo fundose año de 1543, creo que antes porque la pobló Carvajal año de 1536. Conquistadores, especialmente de Juan Cataño, vecino y encomendero de Indios de esta dicha ciudad es que podrá aver treinta y seis años poco más o menos. Que estando en el asiento de Quibor, que es cinco leguas de esta ciudad Montalvo de Lugo, con cierta gente que había entrado a descubrir por esta tierra adentro por mandado del governador Jorge Espira que quedaba en la ciudad de Coro teniendo noticia de los naturales de esta comarca lo entraron a descubrir e despues de aver andado e visto la tierra se fueron sin poblar.

Capítulo tres

Yten en cuanto a el tercer capítulo se declara que la calidad de este dicho valle es caliente y seco. Y a dos o tres leguas en las sierras es tierra fria y húmeda y de muchas nieblas y aguas. E tiene muchas quebradas de agua y los vientos que corren en el dicho valle por la mayor parte del año es brisas que cuando corren es viento muy sano. Y vientan la mayor parte del año en este asiento y el demás tiempo corre viento norte que sube por el mismo río arriba en noviembre y diciembre y parte de enero. Y con este viento, es el tiempo enfermo de romadizo e otras enfermedades que se congelan con la malicia y corrupción del dicho viento. Y no es sitio de muchas aguas este dicho valle. Y las que ay es mediado del mes de abril hasta San Juan que se algan hasta el principio de agosto que vuelve a llover hasta Navidad. Y de allí para adelante hasta mediado abril o poco más se tiene por verano. Y cuando llueve según se ha dicho es por invierno y las aguas no son violentas. Y si algún otro viento corre dura tan poco que no se echa de ver.

Capítulo cuatro

Yten en cuanto al cuarto capítulo se declara que salido de este valle por todas bandas de serranía, de sierras altas y montosas e pedregosas y de muchas arboledas e de muchos ríos y quebradas de muchas aguas muy abundosas de pastos. En los términos de esta ciudad abundosa de maíz e de otros mantenimientos asi para los espanoles como para los naturales.

Capítulo cinco

Yten en cuanto al quinto capítulo se declara que de presente hay pocos Indios, muchos menos de los que había a su principio de causa de las muchas enfermedades que comunmente entre ellos tienen en especial cámaras de sangre, viruelas, y sarampión y catarro, y otras enfermedades. Por ser como son, tan para poco, se mueren con facilidad ansí varones como hembras. Y los que de presente hay no estan poblados en los pueblos formados ni permanentes. Antes se mudan con facilidad de unas partes a otras y su talle en general es andar desnudos. Son de bajo entendimiento y de malas inclinaciones. Los cuales viven de sembrar labrancias de maíz y de otras raizes para su sustento, asi como yucas y batatas y otras suertes de yerbas que comen y hazen bebidas. Los cuales siempre andan necesitados y faltos de bastimientos por ser haraganes. Comen venados y puercos de monte que llaman baquiras y pescados y sapos y culebras y ratones y murcielagos y gusanos de toda suerte. Y algunos de ellos carne humana. Son hechizeros e hablan con el demonio y creen en el. Usan de muchas supersticiones y cuando se mueren los queman y les muelen los huesos y los beben. Los cuales habitan en chozas muy pequeñas y duermen en el suelo sobre unos palos y paja con mucha miseria y otros que tienen ropa aunque poca duermen en un hamaca de cordeles tejida a manera de red. Y las lenguas que hay en esta jursidicción son caquetios, coyones, ajaguas, coybas, gidaharas, guamonteyes, camagos, gayones. Los cuales son diferentes lenguas. Hay entre ellos intérpretes con quién se comunican y cada nación es diferente la una de la otra y no hay lengua general en que hablen todos.

Capítulo seis

Yten en cuanto al sexto capítulo se declara no haber en esta ciudad quien sepa dar razón de de lo que se manda salvo que en todo el año siempre haze sombra en poca o en mucha cantidad.

Capítulo siete

Yten en cuanto al séptimo capítulo se declara que la provincia e governación de Venezuela esta sujeta en lo espiritual y temporal a la Real Audiencia de Santo Domingo de la isla Española. Y desde esta ciudad de el Tocuyo a el puerto de la mar habra cincuenta leguas. Y de allí a Santo Domingo hay un golfo de mar en medio y que no se alcanza las leguas que habrá mas de que se esta en ir con buen tiempo siete o ocho días, e doze o quince en volver. Y los governadores residen en la ciudad que les paresce y visitan los pueblos que les parescen. Y el señor governador Don Juan Pemintel, que de presente en la ciudad de Santiago de León de provincia de Caracas, que está setenta leguas de esta ciudad poco más o menos, aunque visitando la mayor parte de esta dicha governación.

Capítulo ocho

Yten en cuanto al octavo capítulo se declara que esta ciudad de el Tocuyo parte términos con las ciudades de la Nueva Segovia, de Barquisimeto, que habrá once leguas pequeñas de camino muy llano. Y de verano falto de agua y desemboca el camino de este valle por entre dos sierras a el valle que se llama de Quibor. Y habiendo desembocado lo demás hazia aquella ciudad, es muy llano. Y cae al nordeste y así mismo ay desde esta ciudad a la de Portillo de Caroracon quién parte término. Catorze leguas de camino llano y pedregoso y montoso y de quebradas secas y haze mucho calor y es camino muy falto de agua. Cae hazia la banda del norte de esta ciudad. Y así mismo ay desde esta ciudad a la de Trujillo con quien parte términos veinte leguas de camino áspero de montañas y grandes sierras e pedregales. Y abundoso de agua y parte dello tierra fría y corre hazia el poniente y está leguas de aquí que se declaran. No se an medido sino que se echan poco más o menos. Y es camino de Portillo de Caroroa y el de Cuicas van torcidos y no por vía derecho. Y se camina trabajosamente por ellos a causa de ser malos caminos.

Capítulo nueve

Yten en cuanto al noveno capítulo se declara que dende a tres años poco más o menos que Montalvo de Lugo se volvió de este dicho valle vinieron a el desde la ciudad de Coro de esta provincia Juan de Carvajal que había venido de la Real Audiencia de la Española con voz de governador y trajo más de ciento veinte hombres los más de ellos con sus mugeres e hijos e ganados de todas suertes e por su teniente e capitán general a Juan Villegas que por mandado de Enrique Rembol, justicia mayor de la ciudad de Coro por fallecimiento de Jorge Espira habrá ido a la costa de Maracapana e traído mucha parte de la gente que entró esta tierra adentro con el dicho Juan de Carvajal. Los cuales llegaron a el asiento de esta ciudad fundada e repartieron el dicho governador e su teniente Juan de Villegas Solares que se poblaron e fundaron y se intituló el asiento de el Tocuyo y andando apaziguando la tierra desde a un año poco más o menos vino por governador de esta dicha provincia e juez de residencia de ella el licenciado Juan Perez de Tolosa, probeído e nombrado por la Magestad Real de el emperador Carlos Quinto, máximo señor nuestro de gloriosa memoria el qual fijó justicia del Carvajal a nombre alcaldes e regidores y se intituló esta dicha ciudad de Nuestra Señora de la Concepción, nombrando así mismo por su teniente al dicho Juan de Villegas a quien cometió el repartimiento general de los Indios de esta tierra que se pobló en nombre de la magestad real. Habrá treinta e cuatro años, poco más o menos. Y que se harían en esta ciudad cincuenta vezindades, poco más o menos. Y las vezindades que ay de presente encomenderos de indios son de treinta y ocho y haber de presente menos vezinos vecinos. Es la causa por haber salido de esta ciudad a fundar e poblar otros pueblos que hay de presente poblados en esta dicha provincia.

Capítulo diez

Yten en cuanto al décimo capítulo se declara que en lo tocante a la situación de esta ciudad sa a declarado en los capítulos antes de este y satisfaziendo a lo que su Magestad manda se embía traza de este valle y pueblo, lo mejor que se ha podido declarar, en un papel.

Capítulo once

Yten en cuanto a los onze capítulos se declara que desde a media legua de esta dicha ciudad habitan Indios hasta catorze leguas por algunas vandas, que son los más lejos y por otras a menos los cuales dichos Indios no viven en pueblos formados ni son cabezeras de doctrina porque dado caso que sea procurado ponerla desamparan los sacerdotes por la pobreza grande de los naturales y por estar tan desacomodados y huirse como se huyen de los repartimientos por la dicha doctrina y por no asistir a ella los dichos naturales.

Capítulo doce

Yten en cuanto a los doze capítulos se declara y responde lo que en el capítulo antes de este y atento a no ter pueblos los dichos indios no se pueden satisfazer más de que siempre procuran habitar en sierras e montañas y partes ocultas y agras y de malos caminos mediante lo cual no se puede dar noticia de las leguas que ay de una situacion a otra de los dichos Indios habitan.

Capítulo trece

Yten en cuanto a los treze capítulos se declara que de causa de no tener pueblos formados los dichos Indios no tienen nombre a lo menos que se pueda entender por sen tan mudables como son y en lo tocante a las lenguas ser declarado en los capítulos antes de este.

Capítulo catorze

Yten en cuanto a los catorze capítulos se declara que en tiempo de su gentilidad ni agora de presente no hubo señores principales entre ellos a quien tributasen por cota de señorío y si alguna cabezera conoscían era a el que tenía que comer o que beber y a este tal se le llegava más gente hasta que se acababa de comer y beber y lo mismo hazen de presente y así no se entiende de que tributasen. Y los ritos de que a lo que se entiende usaban antes de agora y de presente es comunicarse con el demonio usando supersticiones e ritos e bebiendo el humo de una yerba que llaman tabaco, que es propiamente a manera de el beleno de España. Y este humo bebido les embriaga y aquello que entonces tienen en la imaginación aquello tienen por cierto y se dá crédito entre ellos. E son gente de poca verdad y tienen muchas mujeres sin guardar parentesco ninguno.

Capítulo quinze

Yten en cuanto a los quinze capítulos se declara a lo que se ha podido entender que el gobierno que de antes tenían era el que de presente tienen, sustentándose como se ha declarado y que traían guerras unos con otros máximamente los de diferentes lenguas por se quitar mujeres e hijos unos a otros e por otras cosas fáciles especialmente estando borrachos. Y sus armas han sido y son unos bastones de palmas, agudos a manera de motantes que llaman macanas y arco y flechas y algunos dardos que son palos de palma tostados agudas las puntas. Y antiguamente andaban desnudos y cubiertos los varones sus verguenzas con un canuto de calabaza atado con un hilo a la cintura y las mujeres una pampanilla que es un pedazo de manta pintada de hilo que las tapa sus verguenzas y otras un hoja de árbol y otras sin traer cosa alguna y de presente andan algunos vestidos de ropa de lienzo. Y los mantenimientos que antes tenían usan de presente y comen venados y pescados y otros bastiminetos de carne de monte y antes de agora tenían enfermedades y las tienen de presente y son curados y beneficiados lo mejor que se puede por sus encomenderos aunque ellos son vejativos en dándoles cualquier mal y en diciendo morirme quiero y el corazon me duele se dejan morir. Y otros hombres y mujeres que por pequeñas ocasiones se ahorcan.

Capítulo diez y seis

Yten en cuanto a los dies e seis capítulos se declara lo que en otros capítulos antes de este se ha declarado acerca del asiento del pueblo y lo que más se puede declarar que se ha sabido por indios es que las sierras que cercan este dicho valle do esta el pueblo situado a la una de ellas que cae el nascimiento del sol es una cordillera de sierra grande e montosa que corre hasta la governación de Popayán que habrá mas de ochosientas leguas. Se llama Dintas. Y otra que esta de la otra banda de el pueblo pasado el río hacia el poniente se llama Dimira. Y es sierra alta. Y se junta al cabo de este valle con la otra sierra y va a la cordillera en la mano según se ha declarado.

Capítulo dies y siete

Yten en cuanto a los diez e siete capítulos se declara que este asiento se tiene por enfermo de causa de ser el valle hondo y cercado de sierras frías y el valle caliente. Y parte de estos calores van enfermedades de calenturas e cadarro cuando corre norte por venir sobre el río y venir húmido. Y los remedios ordinarios que acostumbran los españoles es sangrarse e purgarse con purgas de la tierra. Y algunos beben el tabaco en humo por la boca y otros lo toman en polvo por las narizes. Y la causa se aver mudado de este dicho valle a sido por estar en comedio de los naturales. Y aunque desuiados, ay otras asientos cónmodos para pueblo. Son faltos de agua.

Capítulo diez y ocho

Yten en cuanto a los diez y ocho capítulos, se declara lo que se ha declarado en los capítulos antes sobre lo a ello tocante.

Capítulo diez y nueve

Yten en cuanto a los diez y nueve capítulos se declara que el río principal que pasa por la falda de esta ciudad es el río que llaman del Tocuyo que se ha declarado. En el cerca de este pueblo entran otras quebradas que de ellas e del río puede haber regadíos para bastimientos de la tierra y cañaverales de caña de azucar grande cantidad de algodón. y si se sembrase e beneficiase por que lo siembran lo cogen.

Capítulo veinte

Yten en cuanto a los veinte capítulos se declara que a dos leguas de esta ciudad entre unos cerros esta una laguna grande e honda que no se seca en toda la vida. Y en ella no se cría pescado sino galápagos y media legua de ella ay otra mas pequeña y tampoco se seca y no tiene pescado. Las cuales están en tierra alta y fría y la major de ella tendrá media legua de largo y de ancho un cuarto de legua por lo más ancho.

Capítulo veinte y uno

Yten en cuanto a los veinte e un capítulos se declara que a ocho leguas de esta ciudad en la sierra que está al nascimiento del sol ay un volcán grande que tiene tres bocas por las cuales siempre humean. Y lo que despide huele a azufre y de aquella tierra que es a modo de caparrosa o acije se haze tinte para escribir y se tiñe de negro con ello. Y cuando demudan los tiempos brama que se oye en esta ciudad. Y algunas vezes después de aquellos bramidos viene grandes temblores de tierra que escandalizan ansí a los españoles, como a los naturales. Y siete leguas de este volcán por la misma derecera por sima del valle de Quibor a otras siete leguas de este pueblo habra otro volcán mas pequeño que humeava y echaba ceniza el cual se a cegado por que no humea como solía de cuatro años a esta parte y se conoció muchos años humear.

Capítulo veinte y dos

Yten en cuanto a los veinte y dos capítulos se declara que en esta dicha comarca ay cantidad grande de árboles silvestres de frutas que comen los naturales e algunos españoles. Y hay grandes montañas do ay gran cantidad de maderas muy grandes e pequeñas e alguna de ella rezia que sirve para hacer casas, sillas e mesas y otras cosas de servicio. Y podrían servir para navíos y masteles y hazer casas e barcos y otros aprovechamientos por ser en mucha cantidad la madera se podrían llevar por el rio que va a dar a la mar aunque con mucho trabajo.

Capítulo veinte y tres

Yten en cuanto a los veinte e tres capítulos se declara que los árboles de la tierra que dan frutos y se cultivan son plátanos mayeyes, añones, guanábanas, paños, mameyes, papayas, aguacates, ciruelas, guayabas, e piñas. Y las frutas que de España se dan labran y cultivan son higueras, granados, naranjos, limas, limones, cidras, cañafístolos. Y en las silvestres ay tantas e tan diferentes y en tanta cantidad que todas ellas las comen los naturales.

Capítulo veinte y cuatro

Yten cuanto a los veintes y cuatro capítulos se declara de más de lo que esta declarado que el sustento de los naturales tocante suso dicho es auyamas, yerva mora, apio, y zairdes que es a modo de ¨namas y otro grano que se dize cigueritas que es a modo de lentejas de España. Carahotas, que son a modo de habas de Espa¨na, guayabitas que es como murtia de Espa¨na en el sabor, salvo que la color es verde y amarilla cuando está madura y una flor de árboles grandes que se llama bucare la cual cocida es de gusto de alcaparras y guapos que se sacan debajo de la tierra sin cultivarlo. Sus nombres noticias ni se a procurado por la mucha prolijidad.

Capítulo veinte y cinco

Yten cuanto a los veinte y cinco capítulos se declara que las semillas que de España se an dado y dan de presente en las comarcas de esta ciudad son habas e garbanzos y mostaza, arroz, trigo y cebada, coles, rábanos, lechugas, cebollas, berenjenas, nabos, yerbabuena, culantro, perejil, melones, calabazas, pepinos, melones de agua, ajos, lanten ruda, mastuerzo, manzanilla, borrajas, verdolagas y bledos, cardos de España, y albahaca, alcanfori, y cominos rústicos de la tierra y orégano de dos suertes que es a modo de lo de Espa¨na, y berbena, y altamiza, y doradilla, y culantrillo de poco y zarzaparrilla y zanahorias, rosas de España y el trigo se da en partes frías y tierra escombrada, y se coje dos vezes en el año la cebada lo propio y acude en unas partes mas que en otras. Y en parte mas acude da de quinze hanegas por hanega y también se dan algunas uvas de parra dos vezes en el año todo lo cual seria en gran cantidad si diesen a ello y hubiese labradores que lo entendiesen y cultivasen.

Capítulo veinte y seis

Yten en cuanto a los veinte y seis capítulos se declara a lo que se ha podido entender que los naturales en sus enfermedades usan unas yerbas que a ellos son conocidas y de raizes de árboles y para cuando les pica alguna víbora tienen yerba conocidad que es contrayerba con que facilidad los más sanan y otras vezes mueren y para el mal de bubas y tullimineto se curan con polvos de agua de un arbol a modo de guayacán que se llama ver y tienen otro medio los naturales que siendo picados de víboras que ay en gran cantidad abren la culebra y sacanle el higado y la hiel y crudo o asado se lo comen y este es beneficio muy probado entre ellos y guarescen segun los naturales dizen pero nigun español a hecho esta esperiencia.

Capítulo veinte y siete

Yten cuanto a los veinte y siete capítulos se declara que los animales bravos y domesticos y aves de la tierra son tigres e leones de pelo bermejo que tienen la cola larga y a la punta un poco negro, venados en mucha cantidad aunque no son tan grandes como los de España. Y hay dos suertes, unos mayores que otros y los más pequeños tienen los ojos mas grandes que los grandes y cuernos como cabras y los mayores como los de España. Y ha catorze leguas de esta ciudad hay llanos que de sus términos empiezan que hay más de ochocientas leguas de llano. Cualquier vezino que va con caballos e perros e indios matan en dos meses del verano cantidad de más de quinientos de algunos de los cuales dichos venados se sacan piedras del buche que llaman bezares entre los Españoles por contrayerba de pozoña e picaduras de víboras vaquiras que son puercos de esta tierra aunque no tan grandes como los de España y hieden mucho e tienen el ombligo en el lomo porque allí sale el hedor. Y son de comer. Zorras hay en mucha cantidad, peludas e pardas de color danatas que son a manera de una mula mediana las crejas largas y las patas endidas entre dedos. Y son buenas de comer y tienen la carne dulce. Osos hormiguerosy otros de otra suerte. Los hormigueros se sustentan de comer hormigas. Tienen la boca pequeña y la lengua de más de dos palmos de largo y la ocla larga y son peligrosos cuando asen con las uñas porque hazen prenza y cuando anda se gobierna con la cola y si se la cortan, no puede andar. Cachicamos, que son de grandor de un gato e tienen orejas y pies y manos y hocico de ratón y este animal está cubierto de una armadura de conchas duras a modo de coracinas que ni sol, ni agua le haze daño y se sustenta de lombrizes y yerba y tierra y se comen y tienen buena carne. Maborite, que es tan grande como una zorra y de pelo blanco y prieto y da mucho herdor por do pasa. Y si le quieren hazer mal yendo tras el alza la una pierna y con la urina que arroja de si se defiende por ser tan grande el herdor que no hay hombre ni perro que le espere. Herizos pequeños y con puyas armados como los de España aunque no son tan grandes, ni las puyas tan rezias como las de España. Arditas que son un animalejo pequeño y bermejo, conaguaros que son como un perro pequeño y la cabeza a manera de gato y es muy pintado el cuero de blanco y negro. Y es bravo con los dientes y uñas y su comer es carne. Ay picures que tienen la cabeza y dientes y cola como conejos y los pies y cuero como lechón pequeño. Curi que es como ratón sin cola e de muchos colores, conejos en gran cantidad, pequeños y grandes y algunos barbados y de los dichos animales algunos se mansan y tienen en casa. Yeguas, mulas, burras, vacas, cabras, cuejas, puercos, lo cual se cría en cantidad. Y las cuejas y cabras paren en catorze meses, dos vezes. Gallinas, y palomas y anades y gucamayas, caharos, papagayos grandes y pequeños, palomas torcazas e tórtolas, perdizes pequeñas, que son a manera de codornizes, palomas zuritas, paujíes, guacharcas que son como gallinas pequeñas que llaman quiro quiros que andan a vandadas como gorriones, otros muchos géneros de pájaros de muchas colores. Zamuros que son tan dañosos como los cuervos de España, e de muchos colores, conejos en gran cantidad, pequeños y grandes y algunos barbados y de los dichos animales algunos se mansan y tienen en casa. Yeguas, mulas, burras, vacas, cabras, cuejas, puercos, lo cual se cría en cantidad. Y las cuejas y cabras paren en catorze meses, dos vezes, alcarabenas, sisones y aves de rapina, gavilanes como los de Espana y de otra suerte que se abaten a una gallina y la llevan y garzas blancas y pardas grandes y otras muchas diversidades de aves que no se saben sus nombres. Y son en gran cantidad y muy diferentes en el talle a las de Espana. Ay culebras que llaman los indios saruros, que son tan grandes e tan gordas que matan un venado e por los pies lo empiezan a tragar entero hasta que lo tragan todo. Si el venado es hembra, y si es macho trágalo hasta el pescuezo por no poder tragar los cuernos. Trae la cabeza fuera de la boca hasta que se pudre la carne por el pescuezo. Y la despide abejas en mucha cantidad, y hazen las colmenas en los árboles a do crían gran cantidad de miel y cera y tambien debajo de la tierra hazen otras sus colmenas aunque no en tanta cantidad como las que crían en los árboles. Otras abejas crían una colmena colgada de los árboles hecha redondad como una botija y por de fuera tiene la tez dura como de corcho muy delgado. Y dentro crían la miel y cera. No hay argunos perros y gatos y ratones y culebras de muchas maneras ponzoñosas y salamanquesas y alacranes y cienpies y sapos en gran cantidad y ranas.

Capítulo veinte y ocho

Yten en cuanto a el capítulo veinte e ocho se declara que en los términos de esta ciudad no hay minas de oro ni plata ni otros metales que se hayan descubierto aunque en algunas partes antes de agora se a hallado muestra de oro y no se ha seguido por parecer minas pobres no embargantes. Que en esta dicha gobernación ay minas ricas y aunque algunas se labran no todas por ser la mayor parte de los vezinos pobres y no tener posible para poder echar esclavos que las labren y esto se responde.

Capítulo veinte y nueve

Yten cuanto al capítulo veinte y nuevese declara no hay en esta jurisdicción cosa de el que informar a su majestad.

Capítulo treinta

Yten en cuanto a los treinta capítulos se declara que a cinco leguas de esta ciudad hay un pedazo de tierra salada que será como una legua de la cual los indios naturales cogen y destilan en ollas y de lejia que sacan de ella hichen ollas y la cuezen tres días con sus noches sin apagar la candela debajo que es madera recia y recoziendoze el dicho tiempo se cuaja un pan de color de tierra con la cual los naturales se han sustentado de sal y los españoles la comen a falta y salan con ella carne que haze mejor cocina que con la sal de la mar. Y los naturales que no pueden alcanzar esta sal queman enea y otras yerbas y la ceniza de ello comen por sal. Y de veinte años a esta parte se proveen estos pueblos de la tierra adentro de sal de la mar de los puertos de Coro y Burburata que estarán a cincuenta leguas poco más o menos. Y de todas las cosas de España ansí de sustento como vestuario se carece siempre y si no entra por la mar en navíos de Santo Domingo o de Cartagena o Cabo de la Vela o del reino por la tierra las cuales dichas cosas siempre valen por muy caras de causa de aver poco oro y ser el trato principal de lienzo que se labra y haze algodón de cuando hay falta de lo de Espa¨na y hazen gerga de hilo y lana que es a modo de sayal con que suplen sus necesidades.

Capítulo treinta y uno

Yten en cuanto a los treinta e un capítulos se declara que las casas que hay en esta ciudad no son de madera e paja a modo de casas de cortijos de España. Y son largas y no muy anchas y tienen a tres y cuatro aposentos dentro algunas casas pequeñas se comienzan a hazer de tapias y aura de presente seis hechas las dos de alto y bajo y las cuatro bajas. Y las tapias de que se hazen son de tierra seca sin cal aunque ay mucha piedra de que poderse hazer y alguna se haze para algunas cosas. Y ay piedra para hazer yeso y asimismo much piedra fuera de la tierra para edificar cimientos de casa y otras obras.

Capítulo treinta y dos

Yten en cuanto a los treinta y dos capítulos se declara no haber cosas de que avisar a su Magestad sobre lo contenido en este capítulo.

Capítulo treinta y tres

Yten en cuanto a los treynta y tres capítulos se declara que el trato y contratación principal de esta tierra es criar ganados mayores y menores y labranzas de conucos de maíz, yuca e cañas y trigo y algún azúcar y algodón que se haze hilar y hilado se haze lienzo con que se trata y contrata e sustentan los vezinos de comprar las cosas que les son necesarias. Y entre los naturales es trocar lo que unos tienen de cosas de comer con lo que otras tienen. Y un género de moneda que hay entre ellos que llaman quytero que son unas cuentas pequenas de caracoles e piedrezuelas de poco valor y huesos de animales con que tratan entre ellos. Y crían algunas gallinas y algunos pájaros que vende a los Españoles. E tributos no dan ningunos a sus encomenderos por ser pobres y no tener de que, aunque lo que a sus encomenderos dan es filarles algun poco de algodón y hazer las casas que le son necesarias o darles alguna pieza para servición y sacar miel e hazer pescado en cada año para sus encomenderos la cuaresma y esto hazen los que estan en parte cómoda para lo poder hazer y traen lena cuando vienen al pueblo.

Capítulo treinta y cuatro

Yten en cuanto a los treinta y cuatro capítulos se declara que el arzobispado a que es sufragáneo este obispado es el de la ciudad de Santo Domingo. Y la iglesia de esta ciudad del Tocuyo esta sufragénea a la iglesia catedral del Coro que es puerto de mar. Y está a sesenta leguas poco más o menos y de mal camino y falto de agua y las leguas no son pequenas y de camino torcido e doblado y pedregoso en algunas partes.

Capítulo treinta y cinco

Yten en caunto al los treinta y cinco capítulos se declara que en esta ciudad ay una iglesia parroquial y en ella dos curas que paga su magestad aunque de presente se tiene noticia haber hecho su magestad merced de un beneficio curato a Juan Carrasco, clérigo y no hay prebenda ninguna y no ay en la dicha iglesia capilla ni dotación señalada sino dos memorias de dos vezinos que hizieron limosna a la iglesia.

Capítulo treinta y seis

Yten en cuanto a los treinta y seis capítulos se declara que en esta ciudad hay de presente dos casas de monasterios uno con un fraile francisco de los que su Magestad envió a esta provincia con Fray Francisco de Arta a poblar y fundar cuya casa agora se haze de nuevo y otra casa de Santo Domingo do reside otro fraile llamado Fray Miguel en veinte y ocho días del mes de enero.




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Transcripción por Lily Díaz, 1996, Derechos Reservados.