Relación de El Tocuyo, 1578
En la ciudad del Tocuyo governación de Venezuela, trece dúias del mes
de diciembre de mil e quinientos y setenta y ocho años estando juntos
a son de cabildo los ilustres señores Don Rodrigo Ponce de León,
teniente governador e Pedro Gutierrez y Antonio Sotomayor, alcaldes
ordinarios y Alvaro Pérez de Carrizales y Hernando Martín regidores,
por mi el escribano de yuso escrito les fué leido y notificado el
mandamiento y cédula real de suso y leido la carta y entregado la
instrucción que en ello se haze mención, los cuales dichos señores
dijeron que lo obedecen y estan prestos de hazer e cumplir lo que su
Magestad manda en lo que fuere y firmáronlo de sus nombres. Don
Rodrigo Ponce de León. Antonio de Sotomayor. Pedro Gutierrez. Alvaro
Pérez de Carrizales. Hernando Martín. Pasó ante mí, Pedro Hernández,
escribano.
Ylustres señores su Magestad nos manda que con mucho cuidado y
diligencia e con mucha claridad y brevedad en letra clara y legible la
escribamos la declaración de todo lo que su Magestad manda por esa
instrucción que a embia vuestras mercedes como celoso de el servicio
de su Magestad. Entrarán cada día dos horas en cabildo o lo que vieren
que convenga y en el tratara e comunicarán lo que en aquesa ciudad y
su jurisdicción ay tocantes a los capítulos de la dicha ysntrucción y
cada uno de ellos y con mucha claridad que se deje muy bien entender
aclararan lo que ay que avisar a su magestad en cada capítulo y en el
capítulo que no obiere de que pasaran vuestras mercedes vieren
combiene llamar al dicho cabildo y ayuntamiento personas sabias e
antiguos o indios para se informar de lo contenido en los dichos
capítulos lo harán vuestras mercedes con cuidado porque de ello se
sirve su Magestad. Y en todo vuestras mercedes harán de manera que en
la relación que de todo se enbiare a su Magestas de esa ciudad y
jurisdicción vaya con mucha claridad de todo lo que en ella ay de lo
contenido en los dichos capítulos y en la dicha relación me las
enbiaran vuestras mercedes a esta ciudad o do estubiere con testimonio
de día, mes y año de cuando llegó a esa ciudad esta carta con esa
instrucción para que yo luego con las demás aclaraciones de las
ciudades de esta provincia e testimonios lo embíe a su Magestad y a su
Real Consejo de Yndias como su real Magestad me lo manda. Y así mismo
adviertan vuestas mercedes que la declaración y relación no sea
solamente de los pueblos de indios cabezeras pero también de sus
sujetos porque aunque en la instrucción no va declarado su Magestad me
lo manda. Por que si no sucede de esta suerte sería falta la relación
y así mismo con la declaración enviarán la lista de los pueblos de
indios que oviere en essa ciudd e su jurisdicción. Porque ansí su
Magestad lo manda y nuestro señor las ilustres personas de vuestras
mercedes guarde y tenga tan de su bendita mano como yo deseo. De
nuestra señora de Caraballeda y de noviembre, veinte y ocho, año de
mill y quinientos y setenta y ocho. Ylustres señores besa las manos a
vuestras mercedes, Don Juan Pemintel. A los ilustres señores justicia
y regimiento de la ciudad del Tocuyo. Yo Don Juan Pemintel, governador
y capitán general de esta provincia y governación de Venezuela, por su
Majestad etc. a vos el consejo, justicia e regimiento de la ciudad del
Tocuyo que es en esta dicha provincia sabed que su Majestad para tener
particular cuenta y relación e noticia de las cosas de estas Yndias
para mejor poder acudir a su buen gobierno me ha enviado instrucciones
escriptas en letra de molde para que en todas las ciudades de esta
provincia y las demas villas e lugares e pueblos de indios las
justicias e regimientos dellas aclaren todo lo que en la dicha ciudad
e su jurisdicción obiere tocante a los dichos capítulos de por si lo
cual muy encarecidamente me lo enbia a mandar por su real cédula
firmada de su real nombre y refrendada de Antonio Eraso con seis
rúbricas a las espaldas de ella una pos de otra su tenor de la cual es
esta que se sigue.
E después de lo suso dicho en la dicha ciudad de el Tocuyo veinte e un
días de el mes de enero de mil e quinientos y setenta y nueve años se
juntaron a cabildo y ayuntamiento e regimiento de la dicha ciudad
conviene a saber don Rodrigo Ponce de León, teniente governador y
Pedro Martínez, alcalde ordinario y Francisco Pacheco, regidor
perpetuo e Miguel de Santa Cruz e Jerónimo de Castro, regidores
cadaneros e por ante mi el escribano público del cabildo de yuso
escrito los dichos señores estando así juntos en las casa de la morada
del dicho señor teniente governador, aviendo tratado e platicado sobre
lo que convenía para informar a su Magestad real de las
particularidades que quiete ser informado conforme a sus reales
memorias y aviéndose informado de personas antiguas de los primeros
pobladores y así mismo aviendo hecho parescer ante si a algunos Indios
viejos y antiguos a lo que parecía absolvieron los dichos capitanes en
la forma y manera siguiente.
Capítulo Uno
En lo tocante al primer capítulo se declara que
esta ciudad del Tocuyo esta situada en un valle que corre de norte sur
que tendrá legua y media de llano por lo largo y media legua por lo
ancho. Cercado de sierras de todas bandas el qual dicho valle siempre
se a llamado el valle del Tocuyo y la ciudad de españoles desde su
población se llama ciudad de el Tocuyo. Y lo que se ha podido saber es
aver tomado este nombre de causa de un río que pasa por la halda de
ella que se llama Tocuyo entre los naturales y queriendo saver de
ellos por que se llamó de este nombre an respondido que así se ha
llamado siempre y no saben porque causa.
Capítulo Dos
Yten en cuanto al segundo capítulo lo que se ha
podido saber y entender acerca de ello de hombres antiguos y de los
primeros Venezuela. La ciudad de Tocuyo fundose año de 1543, creo que
antes porque la pobló Carvajal año de 1536. Conquistadores,
especialmente de Juan Cataño, vecino y encomendero de Indios de esta
dicha ciudad es que podrá aver treinta y seis años poco más o
menos. Que estando en el asiento de Quibor, que es cinco leguas de
esta ciudad Montalvo de Lugo, con cierta gente que había entrado a
descubrir por esta tierra adentro por mandado del governador Jorge
Espira que quedaba en la ciudad de Coro teniendo noticia de los
naturales de esta comarca lo entraron a descubrir e despues de aver
andado e visto la tierra se fueron sin poblar.
Capítulo tres
Yten en cuanto a el tercer capítulo se declara
que la calidad de este dicho valle es caliente y seco. Y a dos o tres
leguas en las sierras es tierra fria y húmeda y de muchas nieblas y
aguas. E tiene muchas quebradas de agua y los vientos que corren en el
dicho valle por la mayor parte del año es brisas que cuando corren es
viento muy sano. Y vientan la mayor parte del año en este asiento y el
demás tiempo corre viento norte que sube por el mismo río arriba en
noviembre y diciembre y parte de enero. Y con este viento, es el
tiempo enfermo de romadizo e otras enfermedades que se congelan con la
malicia y corrupción del dicho viento. Y no es sitio de muchas aguas
este dicho valle. Y las que ay es mediado del mes de abril hasta San
Juan que se algan hasta el principio de agosto que vuelve a llover
hasta Navidad. Y de allí para adelante hasta mediado abril o poco más
se tiene por verano. Y cuando llueve según se ha dicho es por invierno
y las aguas no son violentas. Y si algún otro viento corre dura tan
poco que no se echa de ver.
Capítulo cuatro
Yten en cuanto al cuarto capítulo se declara
que salido de este valle por todas bandas de serranía, de sierras
altas y montosas e pedregosas y de muchas arboledas e de muchos ríos y
quebradas de muchas aguas muy abundosas de pastos. En los términos de
esta ciudad abundosa de maíz e de otros mantenimientos asi para los
espanoles como para los naturales.
Capítulo cinco
Yten en cuanto al quinto capítulo se declara
que de presente hay pocos Indios, muchos menos de los que había a su
principio de causa de las muchas enfermedades que comunmente entre
ellos tienen en especial cámaras de sangre, viruelas, y sarampión y
catarro, y otras enfermedades. Por ser como son, tan para poco, se
mueren con facilidad ansí varones como hembras. Y los que de presente
hay no estan poblados en los pueblos formados ni permanentes. Antes se
mudan con facilidad de unas partes a otras y su talle en general es
andar desnudos. Son de bajo entendimiento y de malas
inclinaciones. Los cuales viven de sembrar labrancias de maíz y de
otras raizes para su sustento, asi como yucas y batatas y otras
suertes de yerbas que comen y hazen bebidas. Los cuales siempre andan
necesitados y faltos de bastimientos por ser haraganes. Comen venados
y puercos de monte que llaman baquiras y pescados y sapos y culebras y
ratones y murcielagos y gusanos de toda suerte. Y algunos de ellos
carne humana. Son hechizeros e hablan con el demonio y creen en
el. Usan de muchas supersticiones y cuando se mueren los queman y les
muelen los huesos y los beben. Los cuales habitan en chozas muy
pequeñas y duermen en el suelo sobre unos palos y paja con mucha
miseria y otros que tienen ropa aunque poca duermen en un hamaca de
cordeles tejida a manera de red. Y las lenguas que hay en esta
jursidicción son caquetios, coyones, ajaguas, coybas, gidaharas,
guamonteyes, camagos, gayones. Los cuales son diferentes lenguas. Hay
entre ellos intérpretes con quién se comunican y cada nación es
diferente la una de la otra y no hay lengua general en que hablen
todos.
Capítulo seis
Yten en cuanto al sexto capítulo se declara no
haber en esta ciudad quien sepa dar razón de de lo que se manda salvo
que en todo el año siempre haze sombra en poca o en mucha cantidad.
Capítulo siete
Yten en cuanto al séptimo capítulo se declara
que la provincia e governación de Venezuela esta sujeta en lo
espiritual y temporal a la Real Audiencia de Santo Domingo de la isla
Española. Y desde esta ciudad de el Tocuyo a el puerto de la mar habra
cincuenta leguas. Y de allí a Santo Domingo hay un golfo de mar en
medio y que no se alcanza las leguas que habrá mas de que se esta en
ir con buen tiempo siete o ocho días, e doze o quince en volver. Y los
governadores residen en la ciudad que les paresce y visitan los
pueblos que les parescen. Y el señor governador Don Juan Pemintel, que
de presente en la ciudad de Santiago de León de provincia de Caracas,
que está setenta leguas de esta ciudad poco más o menos, aunque
visitando la mayor parte de esta dicha governación.
Capítulo ocho
Yten en cuanto al octavo capítulo se declara
que esta ciudad de el Tocuyo parte términos con las ciudades de la
Nueva Segovia, de Barquisimeto, que habrá once leguas pequeñas de
camino muy llano. Y de verano falto de agua y desemboca el camino de
este valle por entre dos sierras a el valle que se llama de Quibor. Y
habiendo desembocado lo demás hazia aquella ciudad, es muy llano. Y
cae al nordeste y así mismo ay desde esta ciudad a la de Portillo de
Caroracon quién parte término. Catorze leguas de camino llano y
pedregoso y montoso y de quebradas secas y haze mucho calor y es
camino muy falto de agua. Cae hazia la banda del norte de esta
ciudad. Y así mismo ay desde esta ciudad a la de Trujillo con quien
parte términos veinte leguas de camino áspero de montañas y grandes
sierras e pedregales. Y abundoso de agua y parte dello tierra fría y
corre hazia el poniente y está leguas de aquí que se declaran. No se
an medido sino que se echan poco más o menos. Y es camino de Portillo
de Caroroa y el de Cuicas van torcidos y no por vía derecho. Y se
camina trabajosamente por ellos a causa de ser malos caminos.
Capítulo nueve
Yten en cuanto al noveno capítulo se declara
que dende a tres años poco más o menos que Montalvo de Lugo se volvió
de este dicho valle vinieron a el desde la ciudad de Coro de esta
provincia Juan de Carvajal que había venido de la Real Audiencia de la
Española con voz de governador y trajo más de ciento veinte hombres
los más de ellos con sus mugeres e hijos e ganados de todas suertes e
por su teniente e capitán general a Juan Villegas que por mandado de
Enrique Rembol, justicia mayor de la ciudad de Coro por fallecimiento
de Jorge Espira habrá ido a la costa de Maracapana e traído mucha
parte de la gente que entró esta tierra adentro con el dicho Juan de
Carvajal. Los cuales llegaron a el asiento de esta ciudad fundada e
repartieron el dicho governador e su teniente Juan de Villegas Solares
que se poblaron e fundaron y se intituló el asiento de el Tocuyo y
andando apaziguando la tierra desde a un año poco más o menos vino por
governador de esta dicha provincia e juez de residencia de ella el
licenciado Juan Perez de Tolosa, probeído e nombrado por la Magestad
Real de el emperador Carlos Quinto, máximo señor nuestro de gloriosa
memoria el qual fijó justicia del Carvajal a nombre alcaldes e
regidores y se intituló esta dicha ciudad de Nuestra Señora de la
Concepción, nombrando así mismo por su teniente al dicho Juan de
Villegas a quien cometió el repartimiento general de los Indios de
esta tierra que se pobló en nombre de la magestad real. Habrá treinta
e cuatro años, poco más o menos. Y que se harían en esta ciudad
cincuenta vezindades, poco más o menos. Y las vezindades que ay de
presente encomenderos de indios son de treinta y ocho y haber de
presente menos vezinos vecinos. Es la causa por haber salido de esta
ciudad a fundar e poblar otros pueblos que hay de presente poblados en
esta dicha provincia.
Capítulo diez
Yten en cuanto al décimo capítulo se declara
que en lo tocante a la situación de esta ciudad sa a declarado en los
capítulos antes de este y satisfaziendo a lo que su Magestad manda se
embía traza de este valle y pueblo, lo mejor que se ha podido
declarar, en un papel.
Capítulo once
Yten en cuanto a los onze capítulos se declara
que desde a media legua de esta dicha ciudad habitan Indios hasta
catorze leguas por algunas vandas, que son los más lejos y por otras a
menos los cuales dichos Indios no viven en pueblos formados ni son
cabezeras de doctrina porque dado caso que sea procurado ponerla
desamparan los sacerdotes por la pobreza grande de los naturales y por
estar tan desacomodados y huirse como se huyen de los repartimientos
por la dicha doctrina y por no asistir a ella los dichos naturales.
Capítulo doce
Yten en cuanto a los doze capítulos se declara
y responde lo que en el capítulo antes de este y atento a no ter
pueblos los dichos indios no se pueden satisfazer más de que siempre
procuran habitar en sierras e montañas y partes ocultas y agras y de
malos caminos mediante lo cual no se puede dar noticia de las leguas
que ay de una situacion a otra de los dichos Indios habitan.
Capítulo trece
Yten en cuanto a los treze capítulos se
declara que de causa de no tener pueblos formados los dichos Indios no
tienen nombre a lo menos que se pueda entender por sen tan mudables
como son y en lo tocante a las lenguas ser declarado en los capítulos
antes de este.
Capítulo catorze
Yten en cuanto a los catorze capítulos se
declara que en tiempo de su gentilidad ni agora de presente no hubo
señores principales entre ellos a quien tributasen por cota de señorío
y si alguna cabezera conoscían era a el que tenía que comer o que
beber y a este tal se le llegava más gente hasta que se acababa de
comer y beber y lo mismo hazen de presente y así no se entiende de que
tributasen. Y los ritos de que a lo que se entiende usaban antes de
agora y de presente es comunicarse con el demonio usando
supersticiones e ritos e bebiendo el humo de una yerba que llaman
tabaco, que es propiamente a manera de el beleno de España. Y este
humo bebido les embriaga y aquello que entonces tienen en la
imaginación aquello tienen por cierto y se dá crédito entre ellos. E
son gente de poca verdad y tienen muchas mujeres sin guardar
parentesco ninguno.
Capítulo quinze
Yten en cuanto a los quinze capítulos se
declara a lo que se ha podido entender que el gobierno que de antes
tenían era el que de presente tienen, sustentándose como se ha
declarado y que traían guerras unos con otros máximamente los de
diferentes lenguas por se quitar mujeres e hijos unos a otros e por
otras cosas fáciles especialmente estando borrachos. Y sus armas han
sido y son unos bastones de palmas, agudos a manera de motantes que
llaman macanas y arco y flechas y algunos dardos que son palos de
palma tostados agudas las puntas. Y antiguamente andaban desnudos y
cubiertos los varones sus verguenzas con un canuto de calabaza atado
con un hilo a la cintura y las mujeres una pampanilla que es un pedazo
de manta pintada de hilo que las tapa sus verguenzas y otras un hoja
de árbol y otras sin traer cosa alguna y de presente andan algunos
vestidos de ropa de lienzo. Y los mantenimientos que antes tenían usan
de presente y comen venados y pescados y otros bastiminetos de carne
de monte y antes de agora tenían enfermedades y las tienen de presente
y son curados y beneficiados lo mejor que se puede por sus
encomenderos aunque ellos son vejativos en dándoles cualquier mal y en
diciendo morirme quiero y el corazon me duele se dejan morir. Y otros
hombres y mujeres que por pequeñas ocasiones se ahorcan.
Capítulo diez y seis
Yten en cuanto a los dies e seis
capítulos se declara lo que en otros capítulos antes de este se ha
declarado acerca del asiento del pueblo y lo que más se puede declarar
que se ha sabido por indios es que las sierras que cercan este dicho
valle do esta el pueblo situado a la una de ellas que cae el
nascimiento del sol es una cordillera de sierra grande e montosa que
corre hasta la governación de Popayán que habrá mas de ochosientas
leguas. Se llama Dintas. Y otra que esta de la otra banda de el pueblo
pasado el río hacia el poniente se llama Dimira. Y es sierra alta. Y
se junta al cabo de este valle con la otra sierra y va a la cordillera
en la mano según se ha declarado.
Capítulo dies y siete
Yten en cuanto a los diez e siete
capítulos se declara que este asiento se tiene por enfermo de causa de
ser el valle hondo y cercado de sierras frías y el valle caliente. Y
parte de estos calores van enfermedades de calenturas e cadarro cuando
corre norte por venir sobre el río y venir húmido. Y los remedios
ordinarios que acostumbran los españoles es sangrarse e purgarse con
purgas de la tierra. Y algunos beben el tabaco en humo por la boca y
otros lo toman en polvo por las narizes. Y la causa se aver mudado de
este dicho valle a sido por estar en comedio de los naturales. Y
aunque desuiados, ay otras asientos cónmodos para pueblo. Son faltos
de agua.
Capítulo diez y ocho
Yten en cuanto a los diez y ocho
capítulos, se declara lo que se ha declarado en los capítulos antes
sobre lo a ello tocante.
Capítulo diez y nueve
Yten en cuanto a los diez y nueve
capítulos se declara que el río principal que pasa por la falda de
esta ciudad es el río que llaman del Tocuyo que se ha declarado. En el
cerca de este pueblo entran otras quebradas que de ellas e del río
puede haber regadíos para bastimientos de la tierra y cañaverales de
caña de azucar grande cantidad de algodón. y si se sembrase e
beneficiase por que lo siembran lo cogen.
Capítulo veinte
Yten en cuanto a los veinte capítulos se
declara que a dos leguas de esta ciudad entre unos cerros esta una
laguna grande e honda que no se seca en toda la vida. Y en ella no se
cría pescado sino galápagos y media legua de ella ay otra mas pequeña
y tampoco se seca y no tiene pescado. Las cuales están en tierra alta
y fría y la major de ella tendrá media legua de largo y de ancho un
cuarto de legua por lo más ancho.
Capítulo veinte y uno
Yten en cuanto a los veinte e un
capítulos se declara que a ocho leguas de esta ciudad en la sierra que
está al nascimiento del sol ay un volcán grande que tiene tres bocas
por las cuales siempre humean. Y lo que despide huele a azufre y de
aquella tierra que es a modo de caparrosa o acije se haze tinte para
escribir y se tiñe de negro con ello. Y cuando demudan los tiempos
brama que se oye en esta ciudad. Y algunas vezes después de aquellos
bramidos viene grandes temblores de tierra que escandalizan ansí a los
españoles, como a los naturales. Y siete leguas de este volcán por la
misma derecera por sima del valle de Quibor a otras siete leguas de
este pueblo habra otro volcán mas pequeño que humeava y echaba ceniza
el cual se a cegado por que no humea como solía de cuatro años a esta
parte y se conoció muchos años humear.
Capítulo veinte y dos
Yten en cuanto a los veinte y dos
capítulos se declara que en esta dicha comarca ay cantidad grande de
árboles silvestres de frutas que comen los naturales e algunos
españoles. Y hay grandes montañas do ay gran cantidad de maderas muy
grandes e pequeñas e alguna de ella rezia que sirve para hacer casas,
sillas e mesas y otras cosas de servicio. Y podrían servir para navíos
y masteles y hazer casas e barcos y otros aprovechamientos por ser en
mucha cantidad la madera se podrían llevar por el rio que va a dar a
la mar aunque con mucho trabajo.
Capítulo veinte y tres
Yten en cuanto a los veinte e tres
capítulos se declara que los árboles de la tierra que dan frutos y se
cultivan son plátanos mayeyes, añones, guanábanas, paños, mameyes,
papayas, aguacates, ciruelas, guayabas, e piñas. Y las frutas que de
España se dan labran y cultivan son higueras, granados, naranjos,
limas, limones, cidras, cañafístolos. Y en las silvestres ay tantas e
tan diferentes y en tanta cantidad que todas ellas las comen los
naturales.
Capítulo veinte y cuatro
Yten cuanto a los veintes y cuatro
capítulos se declara de más de lo que esta declarado que el sustento
de los naturales tocante suso dicho es auyamas, yerva mora, apio, y
zairdes que es a modo de ¨namas y otro grano que se dize
cigueritas que es a modo de lentejas de España. Carahotas, que son a
modo de habas de Espa¨na, guayabitas que es como murtia de
Espa¨na en el sabor, salvo que la color es verde y amarilla cuando
está madura y una flor de árboles grandes que se llama bucare la cual
cocida es de gusto de alcaparras y guapos que se sacan debajo de la
tierra sin cultivarlo. Sus nombres noticias ni se a procurado por la
mucha prolijidad.
Capítulo veinte y cinco
Yten cuanto a los veinte y cinco
capítulos se declara que las semillas que de España se an dado y dan
de presente en las comarcas de esta ciudad son habas e garbanzos y
mostaza, arroz, trigo y cebada, coles, rábanos, lechugas, cebollas,
berenjenas, nabos, yerbabuena, culantro, perejil, melones, calabazas,
pepinos, melones de agua, ajos, lanten ruda, mastuerzo, manzanilla,
borrajas, verdolagas y bledos, cardos de España, y albahaca,
alcanfori, y cominos rústicos de la tierra y orégano de dos suertes
que es a modo de lo de Espa¨na, y berbena, y altamiza, y
doradilla, y culantrillo de poco y zarzaparrilla y zanahorias, rosas
de España y el trigo se da en partes frías y tierra escombrada, y se
coje dos vezes en el año la cebada lo propio y acude en unas partes
mas que en otras. Y en parte mas acude da de quinze hanegas por hanega
y también se dan algunas uvas de parra dos vezes en el año todo lo
cual seria en gran cantidad si diesen a ello y hubiese labradores que
lo entendiesen y cultivasen.
Capítulo veinte y seis
Yten en cuanto a los veinte y seis
capítulos se declara a lo que se ha podido entender que los naturales
en sus enfermedades usan unas yerbas que a ellos son conocidas y de
raizes de árboles y para cuando les pica alguna víbora tienen yerba
conocidad que es contrayerba con que facilidad los más sanan y otras
vezes mueren y para el mal de bubas y tullimineto se curan con polvos
de agua de un arbol a modo de guayacán que se llama ver y tienen otro
medio los naturales que siendo picados de víboras que ay en gran
cantidad abren la culebra y sacanle el higado y la hiel y crudo o
asado se lo comen y este es beneficio muy probado entre ellos y
guarescen segun los naturales dizen pero nigun español a hecho esta
esperiencia.
Capítulo veinte y siete
Yten cuanto a los veinte y siete
capítulos se declara que los animales bravos y domesticos y aves de la
tierra son tigres e leones de pelo bermejo que tienen la cola larga y
a la punta un poco negro, venados en mucha cantidad aunque no son tan
grandes como los de España. Y hay dos suertes, unos mayores que otros
y los más pequeños tienen los ojos mas grandes que los grandes y
cuernos como cabras y los mayores como los de España. Y ha catorze
leguas de esta ciudad hay llanos que de sus términos empiezan que hay
más de ochocientas leguas de llano. Cualquier vezino que va con
caballos e perros e indios matan en dos meses del verano cantidad de
más de quinientos de algunos de los cuales dichos venados se sacan
piedras del buche que llaman bezares entre los Españoles por
contrayerba de pozoña e picaduras de víboras vaquiras que son puercos
de esta tierra aunque no tan grandes como los de España y hieden mucho
e tienen el ombligo en el lomo porque allí sale el hedor. Y son de
comer. Zorras hay en mucha cantidad, peludas e pardas de color danatas
que son a manera de una mula mediana las crejas largas y las patas
endidas entre dedos. Y son buenas de comer y tienen la carne
dulce. Osos hormiguerosy otros de otra suerte. Los hormigueros se
sustentan de comer hormigas. Tienen la boca pequeña y la lengua de más
de dos palmos de largo y la ocla larga y son peligrosos cuando asen
con las uñas porque hazen prenza y cuando anda se gobierna con la cola
y si se la cortan, no puede andar. Cachicamos, que son de grandor de
un gato e tienen orejas y pies y manos y hocico de ratón y este animal
está cubierto de una armadura de conchas duras a modo de coracinas que
ni sol, ni agua le haze daño y se sustenta de lombrizes y yerba y
tierra y se comen y tienen buena carne. Maborite, que es tan grande
como una zorra y de pelo blanco y prieto y da mucho herdor por do
pasa. Y si le quieren hazer mal yendo tras el alza la una pierna y con
la urina que arroja de si se defiende por ser tan grande el herdor que
no hay hombre ni perro que le espere. Herizos pequeños y con puyas
armados como los de España aunque no son tan grandes, ni las puyas tan
rezias como las de España. Arditas que son un animalejo pequeño y
bermejo, conaguaros que son como un perro pequeño y la cabeza a manera
de gato y es muy pintado el cuero de blanco y negro. Y es bravo con
los dientes y uñas y su comer es carne. Ay picures que tienen la
cabeza y dientes y cola como conejos y los pies y cuero como lechón
pequeño. Curi que es como ratón sin cola e de muchos colores, conejos
en gran cantidad, pequeños y grandes y algunos barbados y de los
dichos animales algunos se mansan y tienen en casa. Yeguas, mulas,
burras, vacas, cabras, cuejas, puercos, lo cual se cría en cantidad. Y
las cuejas y cabras paren en catorze meses, dos vezes. Gallinas, y
palomas y anades y gucamayas, caharos, papagayos grandes y pequeños,
palomas torcazas e tórtolas, perdizes pequeñas, que son a manera de
codornizes, palomas zuritas, paujíes, guacharcas que son como gallinas
pequeñas que llaman quiro quiros que andan a vandadas como gorriones,
otros muchos géneros de pájaros de muchas colores. Zamuros que son tan
dañosos como los cuervos de España, e de muchos colores, conejos en
gran cantidad, pequeños y grandes y algunos barbados y de los dichos
animales algunos se mansan y tienen en casa. Yeguas, mulas, burras,
vacas, cabras, cuejas, puercos, lo cual se cría en cantidad. Y las
cuejas y cabras paren en catorze meses, dos vezes, alcarabenas,
sisones y aves de rapina, gavilanes como los de Espana y de otra
suerte que se abaten a una gallina y la llevan y garzas blancas y
pardas grandes y otras muchas diversidades de aves que no se saben sus
nombres. Y son en gran cantidad y muy diferentes en el talle a las de
Espana. Ay culebras que llaman los indios saruros, que son tan grandes
e tan gordas que matan un venado e por los pies lo empiezan a tragar
entero hasta que lo tragan todo. Si el venado es hembra, y si es macho
trágalo hasta el pescuezo por no poder tragar los cuernos. Trae la
cabeza fuera de la boca hasta que se pudre la carne por el pescuezo. Y
la despide abejas en mucha cantidad, y hazen las colmenas en los
árboles a do crían gran cantidad de miel y cera y tambien debajo de la
tierra hazen otras sus colmenas aunque no en tanta cantidad como las
que crían en los árboles. Otras abejas crían una colmena colgada de
los árboles hecha redondad como una botija y por de fuera tiene la tez
dura como de corcho muy delgado. Y dentro crían la miel y cera. No hay
argunos perros y gatos y ratones y culebras de muchas maneras
ponzoñosas y salamanquesas y alacranes y cienpies y sapos en gran
cantidad y ranas.
Capítulo veinte y ocho
Yten en cuanto a el capítulo veinte e
ocho se declara que en los términos de esta ciudad no hay minas de oro
ni plata ni otros metales que se hayan descubierto aunque en algunas
partes antes de agora se a hallado muestra de oro y no se ha seguido
por parecer minas pobres no embargantes. Que en esta dicha gobernación
ay minas ricas y aunque algunas se labran no todas por ser la mayor
parte de los vezinos pobres y no tener posible para poder echar
esclavos que las labren y esto se responde.
Capítulo veinte y nueve
Yten cuanto al capítulo veinte y
nuevese declara no hay en esta jurisdicción cosa de el que informar a
su majestad.
Capítulo treinta
Yten en cuanto a los treinta capítulos se
declara que a cinco leguas de esta ciudad hay un pedazo de tierra
salada que será como una legua de la cual los indios naturales cogen y
destilan en ollas y de lejia que sacan de ella hichen ollas y la
cuezen tres días con sus noches sin apagar la candela debajo que es
madera recia y recoziendoze el dicho tiempo se cuaja un pan de color
de tierra con la cual los naturales se han sustentado de sal y los
españoles la comen a falta y salan con ella carne que haze mejor
cocina que con la sal de la mar. Y los naturales que no pueden
alcanzar esta sal queman enea y otras yerbas y la ceniza de ello comen
por sal. Y de veinte años a esta parte se proveen estos pueblos de la
tierra adentro de sal de la mar de los puertos de Coro y Burburata que
estarán a cincuenta leguas poco más o menos. Y de todas las cosas de
España ansí de sustento como vestuario se carece siempre y si no entra
por la mar en navíos de Santo Domingo o de Cartagena o Cabo de la Vela
o del reino por la tierra las cuales dichas cosas siempre valen por
muy caras de causa de aver poco oro y ser el trato principal de lienzo
que se labra y haze algodón de cuando hay falta de lo de Espa¨na y
hazen gerga de hilo y lana que es a modo de sayal con que suplen sus
necesidades.
Capítulo treinta y uno
Yten en cuanto a los treinta e un
capítulos se declara que las casas que hay en esta ciudad no son de
madera e paja a modo de casas de cortijos de España. Y son largas y no
muy anchas y tienen a tres y cuatro aposentos dentro algunas casas
pequeñas se comienzan a hazer de tapias y aura de presente seis hechas
las dos de alto y bajo y las cuatro bajas. Y las tapias de que se
hazen son de tierra seca sin cal aunque ay mucha piedra de que poderse
hazer y alguna se haze para algunas cosas. Y ay piedra para hazer yeso
y asimismo much piedra fuera de la tierra para edificar cimientos de
casa y otras obras.
Capítulo treinta y dos
Yten en cuanto a los treinta y dos
capítulos se declara no haber cosas de que avisar a su Magestad sobre
lo contenido en este capítulo.
Capítulo treinta y tres
Yten en cuanto a los treynta y tres
capítulos se declara que el trato y contratación principal de esta
tierra es criar ganados mayores y menores y labranzas de conucos de
maíz, yuca e cañas y trigo y algún azúcar y algodón que se haze hilar
y hilado se haze lienzo con que se trata y contrata e sustentan los
vezinos de comprar las cosas que les son necesarias. Y entre los
naturales es trocar lo que unos tienen de cosas de comer con lo que
otras tienen. Y un género de moneda que hay entre ellos que llaman
quytero que son unas cuentas pequenas de caracoles e piedrezuelas de
poco valor y huesos de animales con que tratan entre ellos. Y crían
algunas gallinas y algunos pájaros que vende a los Españoles. E
tributos no dan ningunos a sus encomenderos por ser pobres y no tener
de que, aunque lo que a sus encomenderos dan es filarles algun poco de
algodón y hazer las casas que le son necesarias o darles alguna pieza
para servición y sacar miel e hazer pescado en cada año para sus
encomenderos la cuaresma y esto hazen los que estan en parte cómoda
para lo poder hazer y traen lena cuando vienen al pueblo.
Capítulo treinta y cuatro
Yten en cuanto a los treinta y
cuatro capítulos se declara que el arzobispado a que es sufragáneo
este obispado es el de la ciudad de Santo Domingo. Y la iglesia de
esta ciudad del Tocuyo esta sufragénea a la iglesia catedral del Coro
que es puerto de mar. Y está a sesenta leguas poco más o menos y de
mal camino y falto de agua y las leguas no son pequenas y de camino
torcido e doblado y pedregoso en algunas partes.
Capítulo treinta y cinco
Yten en caunto al los treinta y
cinco capítulos se declara que en esta ciudad ay una iglesia
parroquial y en ella dos curas que paga su magestad aunque de presente
se tiene noticia haber hecho su magestad merced de un beneficio curato
a Juan Carrasco, clérigo y no hay prebenda ninguna y no ay en la dicha
iglesia capilla ni dotación señalada sino dos memorias de dos vezinos
que hizieron limosna a la iglesia.
Capítulo treinta y seis
Yten en cuanto a los treinta y seis
capítulos se declara que en esta ciudad hay de presente dos casas de
monasterios uno con un fraile francisco de los que su Magestad envió a
esta provincia con Fray Francisco de Arta a poblar y fundar cuya casa
agora se haze de nuevo y otra casa de Santo Domingo do reside otro
fraile llamado Fray Miguel en veinte y ocho días del mes de enero.
Transcripción por Lily Díaz, 1996, Derechos Reservados.